“Que hagan lo que quieran. Yo jamás aprobaré la despenalización del aborto, más allá de lo que consta ya en el actual Código”, dijo Correa, quién luego amenazó con dimitir si los asambleístas de Alianza País, a los que acusó de traición, aprueban la despenalización del aborto para los casos en que la mujer haya sido violada. “Estoy harto de esto, de lidiar con gente que dice una cosa y hace otra” recalcó Correa.
Sin
embargo, después de leer estas declaraciones, me quedan dudas con respecto al
COIP actual en relación al anterior que espero el presidente o sus asesores puedan aclarármelas. Veamos las
diferencias entre el proyecto recién aprobado con el vigente:
El
art. 447 del actual
código vigente dice:
Art. 447.- El aborto practicado por un médico, con el consentimiento de la mujer o de su marido o familiares íntimos, cuando ella no estuviere en posibilidad de prestarlo, no será punible:
Subrayo en rojo las diferencias
1. Si se ha hecho para evitar un peligro para la vida o salud de la madre, y si este peligro no puede ser evitado por otros medios; y, 2. Si el embarazo proviene de una violación o estupro cometido en una mujer idiota o demente. En este caso, para el aborto se requerirá el consentimiento del representante legal de la mujer.
El
art. 150 del Código
Orgánico Integral Penal, actualmente aprobado por la Asamblea, por su parte,
dice:
Art. 150.- El aborto practicado por un médico u otro profesional de la salud capacitado, que cuente con el consentimiento de la mujer o de su cónyuge, familiares íntimos o representante legal, cuando ella no estuviere en posibilidad de prestarlo, no será punible en los siguientes casos:
1. Si se ha hecho para evitar un peligro para la vida o salud de la mujer embarazada, y si este peligro no puede ser evitado por otros medios; y, 2. Si el embarazo es consecuencia de una violación en una mujer con discapacidad mental.
Algunas dudas al respecto
150.2
Aborto Eugenésico
El término "discapacidad mental" a secas, es un término genérico que abarca todas las dolencias mentales posibles, incluso las de carácter transitorio o que se pueden curar total o parcialmente. En pocas palabras, la ambigüedad y extensión casi total de la expresión "discapacidad mental", permitiría la legalización de hecho del aborto a petición de la mujer, con un simple certificado firmado por cualquier psicólogo o psiquiatra en complicidad con el cirujano abortero.
“La violencia un método para
resolver problemas”
La
legalización del aborto, por cualquier causal, introduce en nuestro ordenamiento jurídico la violencia como forma legítima de resolver problemas, y esto afecta a toda la
sociedad por el efecto pedagógico de las leyes.
Nuestro
código penal se ha quedado anclado en teorías anacrónicas y siguen difundiendo una visión trasnochada
de la dignidad humana.
Una izquierda atípica
Nuestra
izquierda es atípica mientras en otros países sienten una extraña fijación por la muerte, ya sea esta física -aborto y
eutanasia- o familiar (ideología de género) en el Ecuador contamos con un presidente que se declara católico, que
tiene posturas Provida, que no cree en la ideología de género y además no es anticlerical.
Pero,
por si acaso nos falla el derrotero, una vez más nos toca volver a levantar la voz y pedir que se
aclaren las dudas con respecto a este tema.
#AbortoCero
Lamentablemente
el art 150 inciso 1 y 2, aceptan, avalan y permiten que en determinadas
circunstancias se le pueda quitar la vida al concebido, por lo que si el art 449 del anterior código era
abortista, el 150 del actual, lo es exactamente igual con independencia del juego
de palabras que tengan.
Pretenden
hacernos creer que han
mejorado sustancialmente la ley al suprimir el supuesto de la mujer idiota o
demente por el de discapacidad mental, pero la realidad es que el « coladero que está por abrirse»
del aborto legal en base al riesgo para la salud de la mujer embarazada permanece
y si este se lo interpreta a la luz de la OMS,
tendremos como en España cifras donde el
98% de los abortos practicados se hacen al amparo de las “graves lesiones
psíquicas en la madre.”
“Yo jamás aprobaré la
despenalización del aborto, más allá de lo que consta ya en el actual Código”
El
Presidente nos ha prometido que no
permitirá el Aborto más allá de lo que está en el actual código. El Presidente, ahora que tiene el COIP en su
despacho puede elegir entre el bien y el mal, no entre el mal y el mal menor,
sino entre bien y el mal. Porque permitir, que bajo cualquier causal se mate al concebido, es el
mal y además contrario a la Constitución
art. 45.
No
es justificación moralmente aceptable el promover una ley para reducir abortos
cuando se dispone de las mayorías suficientes para borrarlo de nuestras leyes, no vale el viejo y gastado argumento "de que el aborto es una realidad social que
siempre se hará y se hará en
condiciones mucho peores si se mantiene ilegal", ya que esto equivale a decir que siempre el ser humano tenderá al mal y por ello es mejor despenalizar el robo, el asesinato o la corrupción.
Ahora, más que nunca, convocamos a la ciudadanía a seguir peleando para conseguir que el presidente vete el actual artículo y se acerque a una verdadera ley de aborto cero.
Firma por favor:
Pues bien como
ustedes habrán comprobado opto por no tener miedo de permitirme varias dudas,
de permitir nuevamente confrontarme con el presidente y lo haré de pie hasta
que Dios quiera.
Andrés Elías
@andreseliascom
No hay comentarios :
Publicar un comentario